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institución:TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 13899 23 de noviembre, 2007 DCA-3952 Señor Juan Rafael Salas Navarro Prosecretario Tribunal Supremo de Elecciones San José, costado oeste del Parque Nacional Estimado señor: Asunto: Se otorga aprobación condicionada al contrato establecido entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio CR Soluciones GLN S. A.- Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S. A. cuyo objeto es la compra de nueve estaciones de trabajo para expedir la Tarjeta de Identidad de Menores (Licitación Pública 2007LA-000056-85001). Nos referimos a su oficio STSE-5566-2007 de 13 de noviembre de 2007, mediante el cual solicita el refrendo del contrato establecido entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio CR Soluciones GLN S.A.- Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S.A. cuyo objeto es la compra de nueve estaciones de trabajo para expedir la Tarjeta de Identidad de Menores (Licitación Pública 2007LA-000056-85001). Una vez realizado el estudio, devolvemos el documento de mérito con la aprobación correspondiente, sujeta a la atención de las siguientes observaciones: 1) Deberá esa Administración en adelante ser más estricta en el cumplimiento de los plazos para la formalización del concurso mediante contrato señalados en la normativa de contratación (Ley de Contracción Administrativa reformada y su Reglamento). Al respecto, se indica que la decisión final que agota la vía administrativa y por ende otorga firmeza a la respectiva adjudicación se gestó mediante la Resolución R-DCA-406-2007 de las ocho horas del diecinueve de setiembre del presente año, (emitida por este Despacho con relación a recurso de apelación presentada contra la decisión original de esa Institución), siendo comunicada a las partes con fecha de 21 de setiembre pasado (ver folio 463 del expediente administrativo). Sin embargo, aún cuando debía procederse de conformidad con el párrafo tercero del a ...
Fecha publicación: 29/11/2007
Fecha emisión: 23/11/2007
Documento: 13899-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 3 DIVISION DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09509 17 de agosto, 2007 DCA-2800 Señor Juan Rafael Salas Navarro Prosecretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite el contrato de mantenimiento correctivo para el hardware del sistema de producción de la tarjera de identidad de menores, suscrito por el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio conformado por CR Soluciones GLN S.A. y Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S.A. Damos respuesta a su oficio No.TSE-3248-2007 de fecha 13 de julio del año en curso, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo el contrato de mantenimiento correctivo para el hardware del sistema de producción de la tarjeta de identidad de menores suscrito por ese Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio conformado por las empresas CR Soluciones GLN S.A. y Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S.A. Una vez analizado dicho contrato así como los antecedentes, este Despacho procede a manifestar lo siguiente: El trámite de refrendo se encuentra regulado en el “Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública”, emitido por esta Contraloría General mediante la resolución R-CO-33 del 8 de marzo del 2006 y publicado en La Gaceta No. 53 del 15 de marzo de ese mismo año. Dicho reglamento establece en su artículo 2 la exclusión de dicho trámite de refrendo ante esta Contraloría General a una serie de contrataciones en razón de su cuantía. Si bien anteriormente para efectos de determinar la cuantía de la contratación se acostumbraba sumar las posibles prórrogas establecidas en el contrato, mediante el oficio No. 3382 del 30 de marzo del 2007 esta División modificó dicha posición y definió que para efectos del trámite de refrendo sólo debe considerarse lo pactado inicialmente sin tomar en cuenta las eventuales prórro ...
Fecha publicación: 24/08/2007
Fecha emisión: 17/08/2007
Documento: 09509-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 09304 13 de agosto, 2007 DCA-2744 Señor Juan Rafael Salas Navarro Prosecretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional San José Estimado señor: Asunto: Se aprueba el primer addenda al contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio SAGEM-IAFIS para la adquisición e integración de servidores al módulo de búsqueda y concordancia, y adquisición e integración de estaciones de trabajo al sistema SICI (Licitación Pública 4-2006). Nos referimos a su oficio TSE-3507-2007 del 27 de julio del presente año, mediante el cual remite para refrendo el documento de la referencia. Este tiene la finalidad de extender el plazo de entrega de las líneas 1 y 2 del proyecto, pasando de 6 meses a 7 meses y 21 días, y de 4.5 meses a 7 meses y 21 días, correspondientemente. El cambio es consecuencia, según el expediente adjunto, y el mismo texto del addenda, al reacomodo y priorización de tareas que hace el Tribunal para llevar a cabo en octubre próximo el referéndum para que la ciudadanía se pronuncie sobre el Tratado de Libre Comercio República Dominicana, Centroamérica, Estados Unidos. Parte de los ajustes es precisamente el traslado en el tiempo de proyectos tecnológicos formulados antes de conocer el Tribunal sobre el referéndum de octubre próximo. Una vez hecha la revisión de ley, se remite el documento debidamente refrendado, bajo las siguientes condiciones: 1- Al operar en este caso una extensión del plazo del contrato, es esencial que se verifique por parte del Tribunal que la garantía de cumplimiento se ajusta a los nuevos términos y al cartel de licitación. 2- También debe mantenerse el control sobre el cronograma da actividades, ya que la extensión del plazo no debe entenderse como una disminución del grado de responsabilidad del contratista de entregar el objeto contractual en el nuevo plazo acordado. Esto lleva a su vez a ...
Fecha publicación: 18/08/2007
Fecha emisión: 13/08/2007
Documento: 09304-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Licda. Argentina Araya Jara 03 de abril, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 05024 16 de mayo, 2007 DCA-1604 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado Oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se refrenda el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y Premier Soluciones de Centroamérica, S.A., para la migración, adquisición, instalación y soporte técnico de licenciamientos en Oracle (anexan 1 expediente, original y copia del contrato, Licitación Pública 2006LN-000014-PROVTSE). Damos respuesta a su oficio TSE-1787-2007, del 18 de abril este año, mediante el cual nos remite para su estudio y eventual aprobación el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y Premier Soluciones de Centroamérica Sociedad Anónima, para la migración, adquisición, instalación y soporte técnico de licenciamientos en Oracle, Licitación Pública 2006LN-000014-PROVTSE. Al respecto, tenemos a bien comunicarle que, una vez estudiado el expediente, este Despacho concede su aprobación a la referida contratación, condicionado a que ese Tribunal disponga, conforme al artículo 9, de la Ley de Contratación Administrativa, de los recursos humanos calificados para la fiscalización de la correcta y oportuna ejecución del contrato y en ese sentido, adopte las medidas de control interno que en el caso sean necesarias, conforme a lo previsto por los articulos 7 y 8 de la Ley de Control Interno. Atentamente, Jesús Mora Calderón Berta Chaves Abarca Gerente Asociado Fiscalizadora Anexo: Un expediente BMC/fjm Ci: Archivo Central Ni: 7499 2007001949-1 ] ...
Fecha publicación: 19/05/2007
Fecha emisión: 16/05/2007
Documento: 05024-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE Alejandro Bermúdez Mora 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04789 10 de mayo, 2007 DCA-1549 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se devuelve sin trámite de refrendo por no requerirlo, el Convenio para intercambio de información suscrito por el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Nos referimos a su oficio TSE-1688-2007 del 11 de abril del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo al Convenio para intercambio de información suscrito por el Tribunal Supremo de Elecciones y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social. Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que, analizados los documentos que constan en el expediente, así como la normativa correspondiente, este Despacho devuelve el respectivo convenio sin trámite de refrendo por no requerirlo, por cuanto de conformidad con el artículo 1 del Reglamento de Refrendo de las Contrataciones Administrativas, se establece que requerirán del refrendo de la Contraloría General de la República, las contrataciones o convenios, interinstitucionales y con sujetos de derecho privado, que celebren los entes y órganos que integran la Administración Pública, en el tanto comprometan fondos públicos y siendo que el presente convenio no existe tal compromiso de fondos, no se requiere de nuestra aprobación. Así las cosas, siendo que el presente convenio se centra en aspectos de cooperación interinstitucional que debe mediar entre las instituciones del Estado en cumplimiento de sus obligaciones, de modo que para ese efecto basta con que se haya verificado el respeto de todos los aspectos jurídicos, técnicos relacionados con el convenio, lo cual resulta de la exclusiva responsabilidad de esas administraciones. Atentamente, Jesús Mora Calderón Elena Benavides Santos ...
Fecha publicación: 14/05/2007
Fecha emisión: 10/05/2007
Documento: 04789-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONVENIOS
Proceso: REFRENDO DE CONVENIOS


PAGE 2 Lic. Alejandro Bermúdez Mora 25 de abril, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04179 25 de abril,.2007 DCA-1387 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Refrendo del contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa Rodríguez Constructores Asociados S. A. para la construcción de la sede regional en Cartago (Licitación Pública 13-2006) Damos respuesta a su oficio 1140-TSE-2007, mediante el cual remite a refrendo el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa Rodríguez Constructores Asociados S. A. para la construcción de la sede regional en Cartago (Licitación Pública 13-2006) Una vez realizado el análisis de rigor, otorgamos el refrendo respectivo bajo los siguientes términos: · Sobre el mecanismo de reajuste, debe mencionarse que la cláusula décima del contrato contiene la fórmula matemática para el reajuste de precios de la presente contratación, la cual corresponde con la indicada para este tipo de obra en el Decreto Ejecutivo No. 33114-MEIC Reglamento para el Reajuste de Precios en los Contratos de Obra Pública de Construcción y Mantenimiento y su reforma publicada en La Gaceta del 19 de julio del 2006.Dicho Reglamento será la normativa aplicable para el reajuste de precios de esta contratación. Por otra parte, por cuanto el avance de obra mensual, con fecha de corte al último día hábil de cada mes calendario deberá establecerse con base en unidades medibles, se condiciona esta aprobación a que, de previo a girarse la orden de inicio de estos trabajos, el Tribunal obtenga del contratista las unidades de medida de aquellas actividades de la tabla de pagos contenida en el folio 00300 del expediente administrativo que fueron indicadas en la columna “Un” en términos de “glo ...
Fecha publicación: 03/05/2007
Fecha emisión: 24/04/2007
Documento: 04179-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE Alejandro Bermúdez Mora 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 04088 24 de abril, 2007 DCA-1350 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones San José, costado oeste del Parque Nacional Estimado señor: Asunto: Se aprueba Adenda No 2 al Contrato para el suministro integral de insumos para la elaboración de cédulas de identidad suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones –ABM integrado por las Empresas CR Soluciones GLN, S.A. y Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S.A. Licitación Pública No. 03-2005. Nos referimos a su oficio No. TSE-1123-2007 del 14 de marzo del año en curso, mediante el cual solicita el refrendo a la Adenda No 2 al Contrato para el suministro integral de insumos para la elaboración de cédulas de identidad suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio CR Soluciones –ABM integrado por las Empresas CR Soluciones GLN, S.A. y Agencias Básicas Mercantiles (ABM de Costa Rica) S.A. Licitación Pública No. 03-2005 Sobre el particular, nos permitimos comunicarle que, analizados los documentos que constan en el expediente, así como las nuevas manifestaciones hechas mediante el oficio de cita relacionadas con los cuestionamientos concretos formulados por nuestra División de Contratación Administrativa, este Despacho aprueba el addendum de marras. No obstante lo anterior, advertimos que es de la exclusiva responsabilidad de esa Administración, el haber verificado el cumplimiento de todos los aspectos técnicos de esta contratación, muy especialmente en cuanto a la compatibilidad de los equipos que posee el TSE, de modo que se pueda satisfacer adecuadamente la impresión de las cédulas de identidad. Atentamente, Elena Benavides Santos Marlene Chinchilla Carmiol Fiscalizadora ...
Fecha publicación: 29/04/2007
Fecha emisión: 24/04/2007
Documento: 04088-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


PAGE 2 Lic. Alejandro Bermúdez Mora 28 de marzo, 2007 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 03264 28 de marzo, 2007 DCA-1108 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se aprueba contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el Consorcio “SAGEM-IAFIS” (Licitación Pública 4-2006). Nos referimos a su oficio TSE-0789-2007 del 21 de febrero de 2007 en el que solicita el refrendo del contrato de la cita para la adquisición e integración de servidores al módulo de búsqueda y concordancia y adquisición e integración de las estaciones de trabajo del sistema integrado de cédula de identidad (SICI). El contrato abarca entrega, instalación y mantenimiento por una suma de US $2.451.062,00. Al respecto una vez hecha la revisión del caso, se remite el contrato aprobado (junto con sus siete anexos), condicionado a lo siguiente: Condiciones: 1. El Tribunal debe ejercer un control suficiente, a efecto de verificar que la garantía de cumplimiento se mantenga vigente bajo los términos del punto 9.1.2 del cartel de licitación. 2. Al haberse pactado en la cláusula décima cuarta del contrato la aplicación de multas por atraso en la entrega, de previo a la orden de inicio, debe actualizarse el cronograma que allí se cita en sus fechas, a efecto de facilitar el control; no así en cuanto a la duración de las etapas, punto ya consolidado. Esto debe ser formalmente comunicado al contratista oportunamente. 3. En la cláusula décimo sétima del contrato, al regularse el atraso por servicio de mantenimiento, se remite en el segundo párrafo a la cláusula décima tercera, al señalar por ejemplo “3% en aquellas situaciones definidas por el Tribunal como de criticidad 1, según se especifica en el punto c.1 de esta cláusula décimo tercera”. En realidad la c ...
Fecha publicación: 31/03/2007
Fecha emisión: 28/03/2007
Documento: 03264-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


PAGE 2 DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 02549 13 de marzo, 2007 DCA-0911 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado Oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscritos por el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio MEGADATA S. A. – ASCII S. A. –XSEED SOFTWARE Y CONSULTORÍA LTDA., para Migración de Sistemas Civil y Electoral Damos respuesta a oficio N° 0363-TSE-2007 de fecha 23 de enero del presente año, mediante el cual solicita el refrendo del Contrato suscritos entre el Tribunal Supremo de Elecciones y el consorcio MEGADATA S.A. – ASCII S.A. –XSEED SOFTWARE Y CONSULTORÍA LTDA., para Migración de Sistemas Civil y Electoral, derivado de la Licitación Pública N° 06-2006. Una vez realizado el estudio de rigor, teniendo en consideración la trascendencia e impacto que tiene dicho proyecto en el quehacer de esa Institución, devolvemos el documento de mérito debidamente refrendado por esta Contraloría General, quedando bajo la responsabilidad de la Administración la razonabilidad del precio adjudicado, así como la estimación del plazo establecido por concepto de garantía y de soporte post - implantación. Atentamente, Lic. Marco Vinicio Alvarado Quesada Licda. Silvia Calvo Sánchez Gerente Asociado Fiscalizadora Asociada Anexo: Dos tomos SCS/fjm Ci: Archivo Central NI: 1272, 4940; 2007000439 ] ...
Fecha publicación: 17/03/2007
Fecha emisión: 13/03/2007
Documento: 02549-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA Al contestar refiérase al oficio No. 00412 22 de enero, 2007 DCA-0196 Licenciado Alejandro Bermúdez Mora Secretario Tribunal Supremo de Elecciones Costado Oeste del Parque Nacional, San José Estimado señor: Asunto: Se aprueba el contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa El Mar es de Todos S.A., para arrendamiento de local (Licitación pública 10-2006). Nos referimos a su oficio No. 7135-TSE-2006, adicional por nota 292-TSE-2007, mediante el cual nos remite para refrendo contrato suscrito entre el Tribunal Supremo de Elecciones y la empresa El Mar es de Todos S.A., para arrendamiento de local. Una vez efectuado el estudio de rigor, devolvemos debidamente refrendado el contrato de cita, teniendo a la vista certificación de contenido presupuestario emitida por el Lic. Gilberto Gómez Guillén, Contador de esa institución, por lo que queda bajo la exclusiva responsabilidad de dicho funcionario la información por él indicada. Por otra parte, queda bajo la responsabilidad de ese Tribunal verificar que el contratista cumpla en tiempo las mejoras que él se comprometió realizar. Atentamente, Licda. Lucía Gólcher Beirute Fiscalizadora Anexo: Un expediente (incluye original de contrato) LGB/fjm Ci: Archivo Central Ni: 27162(2006), 894 (2007), 2006006642-1 ( Contratos ] ...
Fecha publicación: 27/01/2007
Fecha emisión: 22/01/2007
Documento: 00412-2007.doc
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS